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El Instituto Duartiano somete a Alvarito Arvelo a la Justicia

 

Álvaro Arvelo

El organismo dice que la querella contra “Alvarito”, del programa radial “El gobierno de la mañana”, de la Z101 FM, ha sido presentada ante el fiscalizador adscrito al Juzgado de Paz de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, vía el procurador general de la República, como autoridad más elevada del Ministerio Público.

También a través de la Comisión de Espectáculos Públicos y Radiofonía, “para que sean tomadas sanciones ejemplarizantes en el caso de este execrable y bochornoso caso”.

El comunicador habría tildado a Juan Pablo Duarte de “depresivo” y “homosexual”.

El Instituto Duartiano, presidido por José Joaquín Pérez Saviñón, asegura que Arvelo “profana el nombre del patricio y se abalanza contra su obra y su buen ejemplo, recurriendo a la vulgaridad y al empleo de un lenguaje soez, impropio de quien hace uso de un medio de comunicación social que, como la radio, está revestido de un especial interés social y tiene como función contribuir al fortalecimiento de la integración nacional, a la forma de convivencia humana pacífica, el respeto a los principios de la moral social, la dignidad humana, los vínculos familiares y exaltar los valores de la nacionalidad dominicana”.

Deplora la “bochornosa difusión que hiciera el comunicador contra quien, como Juan Pablo Duarte, tiene el reconocimiento del concierto de las naciones y los estados de todo el mundo, así como la más elevada acreditación de los historiadores, escritores y figuras de la vida dominicana de reconocida e irreprochable capacidad y honestidad profesional, quienes ven en la figura de Duarte al forjador de patria, fundador de la República, tributándolo por ser titular de la más acabada conducta pública que hombre alguno haya exhibido en la República Dominicana”.

Atribuye al comentarista de radio haber violado el artículo 6 de la ley 127-01, sobre el Instituto Duartiano, que sanciona a las personas que atenten contra la respetabilidad, la honra y el buen nombre del Padre de la Patria y fundador de la República, Juan Pablo Duarte.

Resalta el artículo 7 de la referida ley, que dice que su violación será sancionada con la pena de seis días a un mes de prisión y multas que pueden ir desde el 80% del salario mínimo del sector público a dos salarios mínimos.

Fuente 7dias.com.do