La Cámara de Diputados aprobó hoy en segunda lectura, a unanimidad de los presentes, el proyecto de ley que busca otorgar un ingreso económico permanente a los atletas destacados y a los que hayan sido exaltados al Pabellón de la Fama.
El proyecto, que es una propuesta de los diputados Pedro Botello (PRSC) y Ramón Ceballo (PRM) y que pasará al Senado para su ratificación, modifica la Ley 85-99, cambiando la palabra “pensión” por “gratificación económica” en todo su contenido y establece que el apoyo económico sea permanente.
La ley a modificar otorga «pensiones» del Estado a toda persona que exaltada al Salón de la Fama del Deporte Nacional.
El considerando séptimo de la nueva iniciativa precisa que la Ley 85-99 choca con la Ley 379 sobre Pensiones y Jubilaciones, lo que ha trajo como consecuencia que muchas glorias del deporte, al ser despojadas de los recursos económicos que percibían, vivan en la indigencia.
La legislación, aprobada en primera lectura la semana pasada, consigna que los deportistas que sean exaltados al Pabellón de la Fama tengan un ingreso de cinco salarios mínimos mensuales, mientras que los atletas que logren renombre internacional reciban tres salarios mínimos mensuales.
Parte del contenido de la nueva pieza establece que cuando haya fallecido el deportista o atleta, el ingreso económico permanente será pagado a la viuda e hijos menores de edad del difunto.
Las partidas económicas permanentes para los atletas serán incluidas en los fondos asignados en el capítulo correspondiente al Ministerio de Deportes y Recreación (Miderec), consignados en la Ley de Presupuesto General del Estado de cada año.
De aprobarse esta normativa legislativa, quedará sin efecto la Ley 85-99 y la 275, del 8 de mayo del 1981, que autoriza al poder ejecutivo a conceder pensiones del Estado a toda persona que haya sido exaltado al pabellón de la fama del Deporte Dominicano.